LEGISLACIÓN

LAS NORMAS

Su utilidad radica fundamentalmente en unificar criterios a la hora de fabricar cualquier material, con el fin de evitar abusos a los usuarios.
  • La certificación "CE"




La UE determina en la directiva 89/686/CEE, concerniente a los EPI (Equipos de Protección Individual), que estos han de tener una certificación CE (Conforme las Exigencias).
Las normas CEN son referencia normativa para la obtención de la etiqueta CE.


  • Los EPI

 Es todo dispositivo o medio que llevará un usuario con el fin de protegerse contra uno o más riesgos susceptibles de amenazar a su salud o a su seguridad
Existen varios tipos de EPI, los equipos que usamos pertenecen a los de protección contra choques.
-Cascos
-Mosquetones
-Arneses
-Cuerdas
-Cintas
-Poleas
-Descensores
-Bloqueadores
-Amortiguadores de caída









  • Otras normas. El manual formativo

Es otro requisito que, además de contener el nombre y dirección del fabricante, incluirá instrucciones de uso, mantenimiento, limpieza, duración del producto, el significado de las etiquetas y estará redactado en la lengua del país donde se encuentre.




  • Las normas de la Unión Europea Internacional de Asociaciones de Alpinismo. La etiqueta UIAA

Las normas de la UIAA están pensadas para materiales de montaña y equipos para escalda y alpinismo. El órgano que administra las etiquetas de la UIAA es la Comisión de seguridad.
Las normas UIAA se basan en las normas EN de la Unión Europea, ampliadas con requerimientos de seguridad.


     

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